¿Cuál es el nuevo Reglamento Europeo de Protección de Datos?
El nuevo Reglamento Europeo de Protección de Datos es el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016. Este reglamento hace referencia a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, además de ser aquel que deroga la Directiva 95/46/CE.
En España, la adaptación de las empresas a este nuevo reglamento está controlada y regulada por la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y garantía de derechos digitales (LOPD). Todos los autónomos y empresas que traten datos de carácter personal estarán obligados a cumplir con lo dispuesto en esta Ley y en consecuencia, a cumplir de manera estricta el nuevo RGPD, el cual es aplicable desde el pasado 25 de 2018.
Un nuevo RGPD como respuesta a las nuevas tecnologías aplicadas en el tratamiento de datos
Este nuevo Reglamento Europeo de Protección de Datos tiene como objetivo proteger los datos personales de las personas físicas. ¿Era necesario la elaboración y aprobación de un nuevo RGPD en lugar de mantener la normativa anterior? Rotundamente sí. Hay que comprender que la forma de comunicarse de las empresas, asociaciones y entidades en general ha cambiado radicalmente, dejando obsoleto la antigua Directiva 95/46/CE que se deroga en el actual Reglamento Europeo de Protección de Datos.
La imprescindible presencia de las empresas en internet y el papel que cumple para el desarrollo de prácticamente cualquier actividad comercial, ha sido determinante para la elaboración de este nuevo Reglamento Europeo, así como el empleo de aplicaciones y sistemas de última tecnología para el tratamiento de datos de carácter personal de clientes, proveedores, colaboradores, socios y cualquier persona, quien, sin saberlo, puede ver peligrar su privacidad.
Adaptación de las empresas al nuevo RGPD
¿Qué empresas están obligadas a cumplir el nuevo RGPD? Tendrán la obligación de cumplir la Ley Orgánica de Protección de Datos todas aquellas empresas que traten datos de carácter personal para el normal desarrollo de su actividad comercial. Desde Microlab ayudamos a PYMES, autónomos, franquicias, colegios profesionales, asesorías y asociaciones a adaptarse a los nuevos requerimientos del Reglamento (UE) 2016/679.
Ofrecemos nuestros servicios de delegado de protección de datos, una novedad del actual RGPD. Esta figura es la encargada de coordinar y controlar el cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos y aunque su contratación no es obligatoria para todas las empresas, por su importante función de análisis de riesgos y la adaptación a las exigencias de la normativa, es siempre aconsejable contar con su ayuda.
El actual Reglamento Europeo de Protección de Datos, fija el denominado principio de la responsabilidad proactiva. Esto significa que no será suficiente con cumplir este reglamento, sino que también existe la obligación de demostrar su cumplimiento ante la autoridad competente, que en España será la Agencia Española de Protección de Datos. Además, en el nuevo RGPD, se incorpora el concepto de privacidad desde el diseño, por lo que las nuevas exigencias en materia de protección de datos deberán estar presentes desde el mismo planteamiento de los procedimientos empresariales.
Para conocer todas las novedades del Reglamento (UE) 2016/679 y saber si tu empresa está verdaderamente adaptada a las nuevas exigencias del RGPD, lo mejor que puedes hacer es contratar los servicios de una empresa especializada en auditorías de protección de datos. Confía en profesionales con experiencia como los nuestros para adaptar los procedimientos de tu empresa a la nueva normativa.