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    Especialista encargado de protección de datos en Sant Cugat del Vallés

    Solicite los servicios de un DELEGADO DE PROTECCIÓN DE DATOS EN SANT CUGAT DEL VALLES con Microlab, un profesional que lo orientará en la planificación de una completa estrategia de seguridad con las medidas más recomendables para un tratamiento de datos pensando en las necesidades de su empresa, y siempre bajo el cumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD).

    Un delegado de protección de datos con experiencia en el campo estará a su disposición para examinar los sistemas de tratamiento de datos existentes en su empresa, con el propósito de identificar los puntos de riesgo y recomendarle a adaptarlos a las demandas de la nueva LOPD y el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Este profesional, conocido como ‘DPO’ por sus iniciales en inglés, será el vínculo entre su negocio y la autoridad de control.

    Antes de realizar cualquier tarea, este realizará una auditoría de seguridad informática.

    ¿Cuál es la diferencia entre un responsable, encargado y un encargado de protección de datos en Sant Cugat del Vallés?

    Hay empresarios que piensan, erróneamente, que no requieren designar un DPO por el hecho de que ya disponen de un encargado o responsable de tratamiento de datos para resguardarse ante posibles peligros de incumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 en sus procedimientos de tratamiento de datos. No obstante, como apuntamos, de ser así no estaría absolutamente en la verdad, ya que estas 3 figuras son bien diferentes o, mejor dicho, cumplen funciones diferentes en relación con el cumplimiento de la normativa de protección de datos.

    Un responsable de tratamiento de datos es aquella persona física o jurídica, así como cualquier organismo, que trata datos de carácter personal en el desarrollo de su actividad personal. El encargado de tratamiento de datos es la persona física o jurídica que requiere el tratamiento de datos que son responsabilidad del citado responsable de tratamiento de datos. En cualquier caso, no guardan relación con el delegado, quien, por su lado, se ocupará de guiar tanto al responsable como al encargado en la implantación de sistemas y medidas dirigidas al cumplimiento de la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos.

    El encargado de protección de datos va a ser el encargado de asegurar que los procedimientos de tratamiento de datos llevados adelante por su empresa son seguros y están adaptados a la normativa en vigor. Desde Microlab, como sus delegados de protección de datos nos ocuparemos, entre otras labores, de inspeccionar el riguroso cumplimiento de la LOPD y el RGPD en todos y cada actividad que conlleve el tratamiento de datos personal. A parte de esto, lo guiamos en diseñar e incorporar estrategias que incluyan las más eficientes medidas de seguridad en materia de protección de datos, y de mantenimiento informático.

    ¿Su empresa va a ser inspeccionada por la Agencia De España de Protección de Datos? No debe preocuparse por nada si cuenta con nuestros servicios como delegados de protección de datos, Microlab actuará como mediador entre su empresa y la AEPD.

    ¿Es obligatorio un encargado de protección de datos por empresa en Sant Cugat del Vallés?

    La contestación a esa pregunta es si siempre es obligatorio contratar los servicios de un delegado especialista en protección datos sería un no, pero con algunos matices. Aunque no todas las compañías tengan la obligación de contratar a este profesional para inspeccionar sus procedimientos de tratamiento de datos, sí van a ver obligadas a hacerlo aquellas que encajen con los supuestos que exponemos ahora.

    Conforme lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos, va a ser obligatoria la designación de un DPO en el caso de que sea un organismo público quien realice el tratamiento de datos, cuando la actividad principal de la entidad requiera la observación regular a gran escala de los procesos de tratamiento de datos y cuando las actividades de la entidad en cuestión requieran el tratamiento de datos personales clasificados como singulares o relativos a infracciones penales.

    ¿Sigue teniendo dudas sobre si su empresa tiene la obligación de contar con la figura de un DPO? Conforme recoge la Ley Orgánica de Protección de Datos, deberán designar de forma obligatoria un DPO los institutos profesionales, los centros de enseñanza, las compañías que ofrezcan servicios de comunicaciones electrónicas, las entidades de finanzas, las entidades aseguradoras, las compañías que ofrecen servicios de inversión, los distribuidores de gas natural y electricidad, los responsables de ficheros regulados por la legislación actual en blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, las compañías de marketing y publicidad que traten datos personales para la configuración de perfiles, los centros sanitarios, las entidades que emitan informes referidos a personas físicas, las compañías de seguridad privadas y las federaciones deportivas que hagan el tratamiento de datos personales de menores.

    Tendrán también la obligación de contar con de un DPO para la supervisión de sus operaciones aquellas entidades fijadas en el artículo 1 de la Ley 10/2014. No obstante, respecto a estas entidades señaladas como aquellas obligadas a contratar un DPO habría que agregar ciertos matices, así como a ciertas empresas o asociaciones no citadas. Por tal razón, para poder dar una contestación a si se debe contar o no con un DPO, va a ser necesario estudiar cada caso de forma individual. Si tiene dudas en este sentido, no dude en contactar con nosotros para percibir asesoramiento totalmente amoldado a sus necesidades.

    Soluciones para empresas obligadas a tener un delegado de protección de datos en Sant Cugat del Vallés

    Sin importar la obligatoriedad o no, va a ser buena idea designar un DPO. En Microlab, como especialistas en protección de datos, le daremos las herramientas precisas para eliminar los posibles peligros en los procedimientos de tratamiento de datos personales empleados para desarrollar su actividad comercial.

    Ofrecemos soluciones para aquellas empresas obligadas a tener un DPO y aparte de esto para aquellas que, a pesar de no encontrarse con esta obligación por ley, requieren asesoramiento de un profesional para el aconsejable cumplimiento de la LOPD y el RGPD. Somos su consultoría de protección de datos y estamos a su completa disposición para la realización de auditorías de protección de datos, tanto internas como externas.

    ¿Cree que podemos ayudarle a optimizar los procedimientos de tratamiento de datos de su empresa? Nuestros servicios de asistencia y asesoramiento jurídico en protección de datos están dirigidos a PYMES, autónomos, institutos profesionales, franquicias, asociaciones y asesorías, como a cualquier otra entidad que maneje datos de carácter personal en el desarrollo de su actividad. Le aportaremos la seguridad que necesita y le guiaremos en el cumplimiento normativo.

    Contacte con nosotros para contratar un encargado de protección de datos

    Si desea, puede contactar con Microlab sin compromiso para saber más información sobre nuestros servicios de consultoría, integración, soporte técnico y auditorías de protección de datos. Si necesita contratar un DPO, confíe en nuestra experiencia y cualificación para la adaptación de procesos de tratamiento de datos a la nueva LOPD y el RGPD.

    Ofreceremos asesoramiento legal amoldado y le asistiremos en la implantación de medidas de seguridad jurídica para proteger los intereses de su empresa. De igual forma que le asistiremos a probar el estricto cumplimiento de la normativa en vigor en frente de la Agencia De España de Protección de Datos.