¿Es legal fichar con huella digital en el trabajo?

El control horario en el trabajo es una práctica común que ha ido evolucionado con los años, ya que se trataba de una responsabilidad del empleado el registrar sus horarios en una hoja de papel o en un sistema manual. Hoy en día, esa labor queda a cargo de la empresa, que utiliza sistemas digitales de control horario, incluso aquellos que requieren la ficha mediante huella digital. Sin embargo, surge la pregunta, ¿es legal este mecanismo en el trabajo? Desde Microlab, profundizaremos sobre el tema para responder a todas tus dudas.

El uso de la huella digital para fichar en el trabajo

En primer lugar, es importante señalar que el registro de horarios en el trabajo es una obligación establecida por la ley. El objetivo de esta normativa es garantizar un seguimiento preciso de las horas trabajadas por los empleados, para evitar posibles irregularidades y asegurar el cumplimiento de la jornada laboral. En este sentido, el uso de sistemas digitales para el control horario es una herramienta eficaz que permite automatizar y simplificar la tarea de registro de horarios.

En cuanto a la legalidad de la ficha con huella digital, cabe destacar que la propia Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) establece medidas de seguridad para el tratamiento de datos personales, y en particular, sobre el tratamiento de huellas dactilares. En este sentido, el tratamiento de la información biométrica, como es el caso de las huellas dactilares, debe ser especialmente cuidadoso, debiendo contar con todas las garantías para su gestión, almacenamiento y protección.

Además, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha emitido diferentes informes e instrucciones sobre esta materia. Entre ellos, destacamos que el uso de sistemas de control horario mediante huella digital deberá cumplir con una serie de requisitos, tales como informar al empleado del tratamiento de sus datos biométricos, desarrollar previamente una evaluación de impacto que analice la proporcionalidad y adecuación de la medida, establecer medidas de seguridad adecuadas, o asignar responsabilidades y roles claros a los responsables de la gestión de los datos.

Sin embargo, a pesar de que es legal el uso de sistemas de fichaje con huella digital, hay que estar alerta sobre posibles vulneraciones a los derechos fundamentales de los trabajadores. En este sentido, es importante que el tratamiento de la información biométrica se realice de forma transparente y proporcionada, y que no se utilice para otros fines distintos al control horario. Asimismo, es importante que se garantice la confidencialidad y la privacidad de los datos, y que se informe al trabajador sobre el plazo de conservación de los datos biométricos.

¿Es legal fichar con la huella dactilar?

Hay que tener en cuenta que pueden existir otros métodos menos intrusivos para registrar la jornada laboral, como las tarjetas de empleado o los programas informáticos de gestión del tiempo. Las empresas deberían evaluar si alguna de estas opciones podría ser adecuada antes de intentar implantar sistemas de identificación biométrica en sus centros de trabajo.

Desde un punto de vista jurídico, el uso de datos biométricos como las huellas dactilares para fichar en el trabajo se considera un dato de categoría especial según la legislación de la Unión Europea. En general, se considera que fichar con la huella dactilar es una medida acorde con la normativa de protección de datos, debido a que el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal del responsable. No obstante, se deben aplicar determinadas garantías en el tratamiento para respetar los derechos fundamentales y los intereses de los trabajadores:

  1. El trabajador debe ser informado acerca de esta medida, así como del tratamiento de sus datos biométricos.
  2. El sistema debe implementar la protección de datos desde el diseño y asegurar que no sea posible la reutilización de los datos biométricos con otra finalidad.
  3. Aplicar tecnologías de cifrado sobre los datos biométricos de los empleados.

Además de las garantías mencionadas, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) recomienda optar por sistemas de verificación o autenticación biométrica, siendo aconsejable que los sistemas biométricos se basen en la lectura de los datos almacenados como plantillas cifradas en soportes que puedan ser conservados exclusivamente por las personas trabajadoras. En caso contrario, se deberá realizar una evaluación de impacto sobre el tratamiento.

Por último, es importante recordar que el uso de sistemas de control horario mediante huella digital puede conllevar un riesgo para los derechos de los trabajadores, por lo que resulta una medida más proporcional y económica acudir a herramientas que no traten datos biométricos de los trabajadores, como la Aplicación para el Registro de Jornada de Microlab, con la que se garantiza el cumplimiento de la ley de una forma sencilla.

Si necesitas más información sobre este tema no dudes en contactarnos.

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