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Especialista delegado de protección de datos en Rubí
Pida los servicios de un DELEGADO DE PROTECCIÓN DE DATOS EN RUBÍ con Microlab, y un profesional lo orientará en la planificación de una completa estrategia de seguridad con las medidas más recomendables para un tratamiento de datos, pensando en las necesidades de su empresa, y siempre siguiendo el cumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD).
Un delegado de protección de datos con experiencia en este campo estará a su completa disposición para examinar los sistemas de tratamiento de datos existentes en su empresa, con el propósito de identificar los puntos de riesgo y recomendarle a ajustarlos a las demandas de la nueva LOPD y el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Este profesional también es conocido como ‘DPO’, por sus iniciales en inglés, va a ser el vínculo entre su negocio y la autoridad de control.
En todo momento es recomendable que antes de realizar cualquier tarea para su empresa, hacer una auditoría de seguridad informática.
¿Cuál es la diferencia entre un responsable, encargada y un delegado de protección de datos en Rubí?
Muchos empresarios acostumbran a pensar, erróneamente, que no necesitan designar un DPO por el hecho de que ya disponen de un encargado de tratamiento de datos o con un responsable de tratamiento de datos para resguardarse ante posibles peligros de incumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 en sus procedimientos de tratamiento de datos. No obstante, no es del todo verdad, ya que estas 3 figuras son diferentes, mejor dicho, cumplen funciones diferentes en relación con el cumplimiento de la normativa de protección de datos.
Un responsable de tratamiento de datos es aquella persona física o jurídica, como cualquier organismo, que trata datos de carácter personal en el desarrollo de su actividad personal. El encargado de tratamiento de datos es la persona física o jurídica que requiere el tratamiento de datos que son responsabilidad del convocado responsable de tratamiento de datos. En cualquier caso, no guardan relación con el delegado de protección de datos, quien, por su lado, se ocupará de guiar tanto al responsable como al encargado en la implantación de sistemas y medidas dirigidas al cumplimiento de la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos.
El delegado de protección de datos en Rubí va a ser el responsable de asegurar que los procedimientos de tratamiento de datos llevados adelante por su empresa son seguros y se ajustan a la normativa en vigor. Desde Microlab, como sus delegados de protección de datos nos ocuparemos, entre otras labores, de inspeccionar el riguroso cumplimiento de la LOPD y el RGPD en toda actividad que conlleve el tratamiento de datos personales. Asimismo, le guiamos para diseñar y agregar estrategias que incluyan las más eficientes medidas de seguridad en materia de protección de datos, y de mantenimiento informático.
¿Su empresa será inspeccionada por la Agencia De España de Protección de Datos? No debe preocuparse en absoluto, si cuenta con nuestros servicios como delegados de protección de datos, Microlab actuará como mediador entre su empresa y la AEPD.
¿Es obligatorio un delegado de protección de datos por empresa en Rubí?
La contestación no es un sí ni no definitivo, ya que la obligación de contratar los servicios de un delegado especialista en protección datos tiene algunos matices. Por el hecho de no todas las empresa tienen la obligación de contratar a este profesional para inspeccionar sus procedimientos de tratamiento de datos, pero sí se van a ver obligadas a hacerlo aquellas que encajen con los aspectos que exponemos ahora.
Conforme al Reglamento General de Protección de Datos, va a ser obligatoria la designación de un DPO en caso de que sea un organismo público quien realice el tratamiento de datos, cuando la actividad primordial de la entidad requiera la observación regular a gran escala de los procesos de tratamiento de datos y cuando las actividades de la entidad en cuestión requieran el tratamiento de datos personales clasificados como espaciales o relativos a infracciones penales. ¿Sigue teniendo dudas sobre si su empresa tiene la obligación de contratar con la figura de un DPO? La LOPD se muestra más esclarecedora en este sentido.
Conforme recoge la Ley Orgánica de Protección de Datos, va a ser preciso designar de forma obligatoria un DPO los institutos profesionales, los centros de enseñanza, las empresas que ofrezcan servicios de comunicaciones electrónicas, las entidades de finanzas, las entidades empresas de seguros, las compañías que ofrecen servicios de inversión, los distribuidores de gas natural y electricidad, los responsables de ficheros regulados por la legislación actual en blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, las empresas y agencias de marketing y publicidad que traten datos personales para la configuración de perfiles, los centros sanitarios, las entidades que emitan informes referidos a personas físicas, las compañías de seguridad privada y las federaciones deportivas que hagan el tratamiento de datos personales de menores.
No solo las citadas tendrán la obligación de contratar a un DPO para la supervisión de sus operaciones, también aquellas entidades fijadas en el artículo 1 de la Ley 10/2014. No obstante, respecto a estas entidades señaladas como obligadas a designar un DPO habría que añadir más matices, como empresas o asociaciones no citadas. Por tal razón, para poder dar una contestación tajante a si es obligatorio contar con un delegado de protección de datos o no, va a ser necesario estudiar cada caso de forma individual. Si tiene dudas en este sentido, le animamos a contactar con nosotros para recibir asesoramiento completamente personalizado y amoldado a sus necesidades.
Soluciones para empresas obligadas a tener un delegado de protección de datos en Rubí
Dejando aparte la obligatoriedad o no, va a ser buena idea designar un DPO. En Microlab, como especialistas en protección de datos, le vamos cada una de las herramientas necesarias para eliminar los posibles peligros en los procedimientos de tratamiento de datos personales empleados para desarrollar su actividad empresarial.
Ofrecemos soluciones para aquellas empresas obligadas a tener un DPO y para aquellas que, a pesar de no encontrarse con esta obligación por ley, desean asesoramiento de un profesional para el aconsejable cumplimiento de la LOPD y el RGPD. Somos su consultoría de protección de datos y estamos a su disposición para la realización de auditorías de protección de datos, tanto internas como externas.
¿Cree que podemos asistirme a mejorar los procedimientos de tratamiento de datos de su negocio? Nuestros servicios de asistencia y asesoramiento jurídico en protección de datos están dirigidos a PYMES, autónomos, institutos profesionales, franquicias, asociaciones y asesorías, como a cualquier otra entidad que maneje datos de carácter personal en el desarrollo de su actividad. Le ofrecemos la seguridad que necesita y le guiaremos en el cumplimiento normativo.
Contacte con nosotros para contratar un delegado de protección de datos
Si quiere, puede contactar con Microlab sin compromiso para conocer más información sobre nuestros servicios de consultoría, integración, soporte técnico y auditorías de protección de datos. Si desea contratar un DPO, confíe en nuestra experiencia y cualificación para la adaptación de procesos de tratamiento de datos a la nueva LOPD y el RGPD.
Le vamos a ofrecer un asesoramiento legal adaptado y la implantación de medidas de seguridad jurídica para asegurar los intereses de su empresa, de igual forma que le asistiremos a cumplir el estricto cumplimiento de la normativa en vigor en frente de la Agencia De España de Protección de Datos.