Los Colegios Profesionales son Corporaciones de Derecho Público, amparadas por la Ley y reconocidas por el Estado, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para la ordenación del ejercicio de las profesiones, la representación institucional exclusiva de las mismas, la defensa de los intereses profesionales de los colegiados y la protección de los intereses de los usuarios de los servicios de sus colegiados.

El desarrollo de su actividad está directamente relacionada con el tratamiento de datos de carácter personal y en consecuencia sujetos al cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD-LOPD). Aunque en el ejercicio de su actividad se debe distinguir entre el tratamiento de los datos cuya finalidad es la de llevar la gestión interna del colegio que no implica el ejercicio de potestades públicas, y los datos correspondientes a los colegiados relacionados con el ejercicio de las funciones públicas de ordenación y control de la actividad profesional asignadas legalmente. Por esa razón, debemos distinguir y elaborar los procedimientos para el cumplimiento de la normativa para como mínimo dos tipos de tratamiento:

ficheros públicos

Estos ficheros contienen los datos de carácter personal correspondientes al ejercicio de las funciones públicas de ordenación y control de la actividad profesional que tienen asignadas legal o estatutariamente. La creación, modificación o supresión de estos ficheros debe efectuarse a través de acuerdo de los órganos de gobierno y debe ser publicado en el Boletín Oficial del Estado o diario oficial correspondiente.

ficheros privados

Estos ficheros contienen datos que tienen la finalidad de llevar a cabo la gestión interna del Colegio o Consejo o de facilitar el desempeño de la profesión colegiada sin que lleven aparejados el ejercicio de potestades o actos administrativos. Entre los ficheros privados más comunes en los colegios profesionales estarían los siguientes: nominas, personal, laboral, facturación, clientes, proveedores y contabilidad.

lista de colegiados

Si el Colegio Profesional elabora una lista de Colegiados, el tratamiento que se realice, se encuadrará bajo el régimen de los ficheros y tratamientos de Titularidad Privada, a excepción de los registros previstos en el artículo 5.2 de la Ley 44/2003, de Ordenación de Profesiones Sanitarias.

Microlab y los colegios profesionales


En Microlab hemos realizado, la adaptación y la adecuación de diversos colegios profesionales de diferentes actividades, fundamentalmente de graduados sociales, agentes comerciales y actividades médicas, entre otros. De todos ellos llevamos la consultoría, la asesoría jurídica y atendemos las consultas relacionadas con la RGPD-LOPD y la LSSI de sus colegiados.

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