Sancionan a un despacho por enviar un correo electrónico sin copia oculta
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) sanciona con 10.000 € a un despacho de abogados gerundense por enviar un correo electrónico sin copia oculta a ocho destinatarios.
Es importante recordar que el criterio de la AEPD dictamina que el correo electrónico permite identificar de forma inequívoca a una persona, por lo que se considera un dato de carácter personal incluso cuando se trate del correo electrónico corporativo. Por ello, el hecho de enviar un correo electrónico con copia abierta a varios destinatarios conlleva la comunicación de datos personales a todos los destinatarios.
En este caso, la AEPD determinó que el despacho sancionado incumplió el principio de integridad y confidencialidad dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos, que obliga a los responsables y encargados a tratar los datos de tal manera que se garantice una seguridad adecuada de los datos personales, incluida la protección contra el tratamiento no autorizado o ilícito y contra su pérdida, destrucción o daño accidental, mediante la aplicación de medidas técnicas u organizativas apropiadas.
Desde Microlab, insistimos en la necesidad de formar a los empleados sobre sus obligaciones en materia de protección de datos, ya que, en caso de negligencia del empleado, el sujeto sancionado será la propia organización.
Es por eso que, si su equipo de trabajo necesita comprender perfectamente cómo llevar adelante la recogida de datos de su emprendimiento, lo invitamos a contactarnos.